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REGISTRO DE MOROSOS FETEIA
SISTEMA INFORMATIZADO DE CONTROL DE LA MOROSIDAD

Toda empresa miembro de ATEIA-FETEIA puede incorporarse voluntariamente al sistema de control de la morosidad, el denominado Registro de Morosos de FETEIA

El sistema de control de la morosidad es un servicio permanente creado en defensa de los intereses económicos de las empresas asociadas y es un registro común de deudores morosos, como instrumento de lucha contra la morosidad.

Las normas reguladoras:

Para ser usuario del Registro de Morosos, ya sea para cursar información sobre morosos, dar de alta, modificar o cancelar datos relativos a deudores morosos, ya sea solo o también para obtener información sobre deudores morosos, previamente la empresa ha de manifestarlo expresamente y comunicar la/s persona/s autorizada/s, a quien/es se les dotará de las claves de acceso.

( Ver documento de inclusión al Registro de Morosos [ modelo 1 ] : Formato Word - Formato PDF )

Para incluir un deudor moroso.

Deudor moroso es quien, habiéndose convenido cualquier forma de pago, no hubiere satisfecho los importes facturados una vez transcurridos 30 días después de la fecha en que el deudor haya recibido la factura o una solicitud de pago equivalente.

 Requisitos:

  • Existencia de deuda cierta, vencida y exigible, cuya cuantía determinada no hubiese sido satisfecha a su vencimiento y con antigüedad inferior a seis años; y
  • requerimiento previo de pago al deudor moroso, mediante carta certificada o por cualquier otro medio electrónico o no, dirigida a la última dirección conocida del deudor, que acredite fehacientemente su recepción, otorgando un término mínimo de 10 días naturales contados desde la recepción del requerimiento para que haga efectivo el importe de la deuda o deudas pendientes de pago, y con el apercibimiento expreso de que en caso de no verificarlo se solicitará su inclusión en el Registro de Morosos de FETEIA.

( Ver documento de requerimiento previo de pago al deudor moroso [ modelo 2 ] : Formato Word - Formato PDF )

 Proceso inclusión moroso

  • la empresa declara:
    • que conoce y acepta expresamente las Normas por las que se rige la inclusión de morosos en el Registro de Morosos de FETEIA; y
    • que asume todas las responsabilidades inherentes a la mismas, con entera indemnidad del Registro de Morosos de FETEIA, de FETEIA y de la Fundación FETEIA.
    • Asimismo, declara que conoce y acepta el Reglamento interno de control de la morosidad, las Normas de Funcionamiento y las expresadas Normas por las que se rige la inclusión de morosos en el Registro de Morosos de FETEIA.

 Datos de Inclusión del moroso

  • Nombre, apellidos y domicilio, si se trata de personas físicas; denominación o razón social y sede social, si se trata de personas jurídicas; y NIF de la persona o entidad deudora.
  • Origen de la obligación incumplida / operaciones efectuadas origen de la deuda
  • Importe adeudado por el que se efectúa la inscripción, en números y letras
  • Fecha vencimiento único
  • al ser de vencimientos periódicos, el importe y la fecha de cada uno de ellos.
  • el importe o suma total
  • fecha del requerimiento previo de pago

La empresa declara que:

  • se han cumplido íntegramente las Normas por las que se rige la inclusión de morosos en el Registro de Morosos de FETEIA.
  • adquiere el compromiso de transmitir al Registro cualquier dato que pudiera conducir a la modificación de la deuda inscrita, en sentido favorable al afectado, o a la cancelación de la inscripción y, en todo caso, en el plazo máximo de 7 días naturales a contar de la fecha ñeque tenga conocimiento del dato de que se trate.
  • cumplirá y hará cumplir las obligaciones posteriores a la inclusión.

Para obtener información sobre deudores morosos

La utilización del Registro para obtener información sobre deudores morosos tiene dos modalidades:

  • pago por consulta
  • pago de cuota anual, que autoriza a efectuar un número ilimitado de consultas.
  • NIF de la entidad que se consulta

Acceso deudores

El Registro debe notificar por escrito al deudor moroso, antes de 30 días naturales desde la fecha de la inscripción, una referencia de los datos que hubiesen sido incluidos y de su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

( Ver documento de aviso de inscripción del moroso en el Registro [ modelo 3 ] : Formato Word - Formato PDF )

 
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